El edil de Estrategia Municipal, Francisco Soler, ha presentado esta mañana en el pleno municipal el balance de datos del año 2025. En cuanto a la liquidación del presupuesto, el resultado del Ayuntamiento y sus organismos dependientes arroja un superávit de 238.000 euros, cumpliendo con las reglas fiscales establecidas por el Ministerio. Por otro lado, el nivel de ejecución contratada a lo largo del año pasado ha alcanzado el 68´47%. El concejal lo ha querido comparar con el año 2022, el último gestionado de manera íntegra por el anterior gobierno municipal, cuando el nivel de ejecución se situó en el 34’51%. Respecto al nivel de endeudamiento municipal, la deuda oficial se sitúa en el 25,99%, mientras que la deuda real con entidades bancarias es del 13,07%.
Por otra parte, el Ayuntamiento de Elche sigue adelante con la modificación del Plan General de Ordenación Urbana para regular y restringir la implantación de plantas fotovoltaicas en el término municipal. En este sentido, se ha acordado con los votos a favor del gobierno municipal y la abstención de los grupos de la oposición, someter a exposición pública esta modificación puntual nº43 del PGOU para su posterior aprobación inicial en el pleno y el traslado a Conselleria para el visto bueno definitivo.
Así, la regulación establece determinadas zonas donde las plantas fotovoltaicas estarán prohibidas para proteger el entorno. Es el caso del suelo no urbanizable protegido, huertos dispersos de palmera, saladares y carrizales, infraestructura verde, zonas vinculadas al aeropuerto o a infraestructuras estratégicas, montes públicos y áreas protegidas del litoral según el PATIVEL. Además, se excluye el ámbito de desarrollo del “Porta d’Elx”.
También se determinan una serie de limitaciones en las zonas donde sí se permita su implantación. En concreto, en suelo no urbanizable común se establece que no podrán instalarse a menos de 1.000 metros del litoral, no se permitirán en parcelas con pendiente superior al 25 %, la ocupación máxima de la parcela será del 50% y la superficie libre deberá permitir inscribir un círculo mínimo de 20 metros de diámetro.
Las plantas fotovoltaicas deberán respetar una distancia mínima de 100 metros respecto a viviendas existentes; suelo urbano o urbanizable residencial; equipamientos públicos; instalaciones turísticas, recreativas o culturales y el cauce del río Vinalopó y barrancos. Asimismo, la distancia será de 500 metros respecto a los Bienes de Interés Cultural (BIC), Bienes de Relevancia Local (BRL) y espacios naturales protegidos, salvo estudios que reduzcan la distancia.
Asimismo, no se permitirá su implantación sobre cultivos emblemáticos como el melón de carrizal, el dátil de Elche o la granada mollar; será obligatorio un estudio de integración paisajística y medidas de integración ambiental, además se establecen medidas para proteger acuíferos, biodiversidad y entornos forestales.