AESEC critica el acuerdo entre el Gobierno, patronales y sindicatos al considerar que dañará más la economía
Escrito por Redacción el 2020-05-15
La Asociación de Empresas de Servicios, AESEC, se muestra en contra del acuerdo entre el Gobierno, agentes sociales y empresarios que modifica el Real Decreto-ley 8/2020, de 17 de marzo clarificando algunas cuestiones, que en plena desescalada continuaban en el aire.
Desde AESEC se quiere mostrar su disconformidad pues “entendemos que van más destinados a fomentar la economía sumergida que a reactivar el empleo”, ha declarado su presidente, Antonio Andreu.
AESEC reprocha al Gobierno que haya dado luz verde a la prórroga de los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (ERTE), durante solamente los meses de mayo y junio, tanto en las empresas que no puedan reanudar su actividad por motivo de fuerza mayor, como en aquellas que se reactiven de forma gradual.
“Es evidente que estas medidas no van dirigidas a ayudar al empresario o autónomo, necesitamos que realmente sean flexibles en los ERTES, no son suficiente dos meses, ya que la actividad económica tardará en recuperarse”, ha declarado Antonio Andreu, presidente de AESEC.
La extensión de los ERTES, de fuerza mayor total y parcial será hasta el 30 de junio de 2020. Los procedimientos de regulación temporal de empleo basados en causas económicas, técnicas, organizativas y de producción (ETOP) se pueden iniciar mientras estén vigentes los ERTE por fuerza mayor. Los efectos de estos ERTE por causas ETOP se retrotraerán a la fecha de finalización del ERTE por fuerza mayor.
Otra de las novedades aprobadas tras el Acuerdo Social es el mantenimiento del empleo durante seis meses desde la reincorporación. AESEC considera que el despido tras el ERTE sí procede en los casos de despidos disciplinarios procedentes, dimisión voluntaria, jubilación, situación de incapacidad permanente o finalización del contrato. El mantenimiento del empleo bajo las condiciones establecidas tampoco se aplicará a las empresas en riesgo de concurso de acreedores.
Para las empresas que no finalicen el ERTE, pero incorporen a parte de la plantilla en lo que se conoce como ERTE parcial, las exoneraciones de las aportaciones empresariales que aplica Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) no serán en ningún caso al 100% y se aplicarán en los meses de mayo y junio dependiendo de la situación del trabajador y el número total de empleados.
Por ejemplo, si el trabajador reinicia su actividad en una empresa de menos de 50 empleados la exoneración de las cuotas empresariales será del 85% en mayo y del 70% en junio. Estos porcentajes se reducen al 60% y al 45% respectivamente si la plantilla de la empresa supera los 50 trabajadores.
Si el ERTE parcial se mantiene y el trabajador continúa suspendido de empleo, la exoneración de los seguros sociales será del 60% en mayo y el 45% en junio para empresas con menos de 50 trabajadores y del 45% y 30% si se excede de esta cifra.
Por lo que, en una empresa con por ejemplo 22 trabajados con un sueldo bruto de 1.100 euros, decide rescatar a 4 trabajadores y dejar en el ERTE a los 18 restantes en el mes de mayo la empresa o autónomo pagará 217,80 euros por los que ha sacado del ERTE y 2.614 euros por los restantes; 1.400 € más de gasto, para la empresa, que, si pagara el 100 % de los seguros sociales, solamente de los 4 trabajadores que son 1.452 euros.
En el mes de junio la empresa o autónomo se pagaría 435 euros por los trabajadores sacados del ERTE y 3.920 euros por los restantes, 2.900 € más de gasto, para la empresa, que, si pagara el 100 % de los seguros sociales, solamente de los 4 trabajadores que son 1.452 euros.
“Con estas medidas están obligando a muchas empresas a cerrar directamente, no están ayudando a la incorporación de los trabajadores de forma escalonada y esto supone un perjuicio económico importante para la empresa”, ha concluido el presidente de AESEC, Antonio Andreu.